IOSCOR: Normas de Atención Excepcionales para Recetarios

Debido a las razones de público conocimiento y lo dispuesto por las autoridades nacionales y provinciales y a los  efectos de agilizar la atención de los afiliados se establece que: a partir del día 18-3-2020 se aceptarán recetarios médicos como recetas válidas del I.O.S.Cor. que deberán seguir lo dispuesto por la Ley Provincial  2839 y la Ley Nacional 17.132

 

Por lo que, los recetarios deberán contener:

  • Los Formularios deberán llevar impreso sus nombres y apellidos del Médico o Sello del Hospital
  • Profesión
  • Número de matrícula provincial (en sello y en forma manuscrita)
  • Domicilio
  • Número de teléfono
  • Especialidad

Asimismo y a los efectos de la prescripción deberán llevar escrito

  1. Número de Orden
  2. La leyenda IOSCOR seguido del Número de documento del usuario
  3. PLAN
  4. Nombre y Apellido completo
  5. Prescripción médica por principio activo y sugerencia de marca
  6. Cantidad solicitada
  7. Diagnóstico
  8. Fecha de Prescripción
  9. Firma y Sello con Número de Matrícula Provincial
  10. Número de matrícula manuscrito

En el reverso del recetario la Farmacia deberá colocar:

  1. Troqueles adheridos con adhesivo sintético
  2. Facturación unitaria y total
  3. Porcentaje a cargo del afiliado
  4. Porcentaje a cargo de la Obra Social
  5. Firma, Aclaración, Domicilio y Número de documento de la persona que retira
  6. Firma y Sello de la Farmacia
  7. Comprobante Fiscal/Ticket

Una vez que la receta haya sido aceptada a través del sistema de validación on line, el número de validación deberá colocarse en el extremo superior derecho de la receta.

Asimismo recordamos que siguen vigentes las normas de atención en cuanto a cantidades:

Hasta 3 Rp. Por recetario y un solo producto por Rp.

  • 1 Tamaño Grande
  • 1 Tamaño Único
  • 1 Tamaño Chico

Se les recuerda que estos nuevos recetarios son de uso excepcional y conviven con los recetarios oficiales anteriores vigentes.

Se podrán aceptar fotocopias o fotos de las mismas por el celular, las mismas deben ser impresas por la farmacia o por el afiliado (para su posterior presentación a Cámara).

 

EJEMPLO MODELO RECETARIO

PAMI: Medicamentos Esenciales Gratuitos

Nuevo Vademécum PAMI

Entra en vigencia el Nuevo Vademécum PAMI de medicamentos esenciales gratuitos para cuidar la salud de las personas afiliadas. Es un listado de medicamentos gratuitos seleccionados para garantizar el tratamiento adecuado de las patologías frecuentes en las personas mayores.
Las personas jubiladas y pensionadas mayores de 60 años afiliadas a PAMI podrán acercarse a la farmacia para acceder a los medicamentos esenciales gratuitos de manera simple y rápida.
El personal de farmacia es un eslabón fundamental de la cadena de cuidado de la salud de las personas mayores, por eso, contamos con ustedes para garantizar el uso responsable y racional de los medicamentos y los recursos del INSSJP.

• Los principios activos fueron seleccionados en función a su impacto, seguridad y eficacia comprobada según la OMS, evidencia científica nacional, internacional y estadísticas propias.
Implica aproximadamente 3.600 presentaciones por marca comercial.
• El Nuevo Vademécum PAMI cuenta con una supervisión permanente de una comisión interdisciplinaria de expertos que evalúa criterios de uso, racionalidad y efectividad de los medicamentos.
• Promueve el uso racional de medicamentos, a través de la prescripción asociada entre patologías y tratamientos para lograr indicaciones oportunas y adecuadas, evitando la sobremedicación.
• Es un esfuerzo del Estado que se traduce en un ahorro directo para las personas afiliadas a PAMI.

Implementación (Médicos)

• Seguirá vigente un tope de 2 cajas o envases por mes del mismo principio activo incluido en el Nuevo Vademécum PAMI.
• Se mantiene la dosis semestral máxima acumulada. De esa forma cuidamos la salud de las personas afiliadas en pos de un consumo racional asociado a  los estándares sanitarios.
• Para acceder a los medicamentos esenciales gratuitos las recetas deberán ser electrónicas. Durante la transición serán válidas las recetas emitidas antes de la entrada en vigencia de la medida.
• Las personas afiliadas deberán presentarse directamente en la farmacia, con DNI, credencial y receta electrónica.
• Las personas afiliadas deberán actualizar sus datos para garantizar el control y la transparencia en la dispensa de los medicamentos. PAMI convocará en los próximos días a las afiladas y afiliados para llevar adelante este reempadronamiento. Es requisito no estar afiliado a una cobertura médica prepaga.

Implementación (Farmacias)

Quíenes tienen acceso?

Todas las personas jubiladas y pensionadas mayores de 60 años afiliadas a PAMI y que no cuenten con PREPAGAS

Cómo se dispensan estos productos?

EL afiliado debe presentar credencial de PAMI, DNI y la receta vigente, en la que figure la prescripción de un medicamento que se encuentre dentro del VDM de medicamentos esenciales gratuitos.

Puedo utilizar las recetas prescriptas anteriores a marzo 2020?

Todas las recetas vigentes que fueron prescriptas con fecha anterior al 10 de marzo, son válidas y podrán obtener la dispensa del medicamento en forma gratuita.

Para acceder a la medicación gratuita las recetas deberán:

– Ser ELECTRÓNICAS

-Contener alguno de los principios activos listados en el VDM de medicamentos esenciales gratuitos

-Tener la leyenda “MEDICAMENTO INCLUIDO EN EL NUEVO VADEMÉCUM PAMI”

En todos los casos las recetas deben tener respuesta positiva del validador

 

Patologías / indicaciones cubiertas  – Patologias_Medicamentos_gratuitos.pdf (465 descargas)

Te mostramos cómo identificar si la receta electrónica incluye un principio activo del Nuevo Vademécum PAMI  –  Modelo_Receta_100.pdf (338 descargas)

A continuación en el siguiente link se podra ver el listado del Vademécum de PAMI gratuito:

Por principios activos:  Principios-activos-gratuitos-en-el-Vademécum-de-PAMI.pdf (442 descargas)

Por Nombre Comercial: https://drive.google.com/open?id=1hukRCyWYDSN3GPnjw6opmXIWJB8eHWxZ

 

Reempadronamiento Farmacias




(*) Datos obligatorios

IOSCOR: Nuevo Modelo Receta

                                                                               Corrientes, 30 de Diciembre del 2019

A las farmacias prestadoras de IOSCOR

 

               A partir del 02/01/2020 el IOSCOR implementará el sistema on-line para la confección de recetas de medicamentos en los planes AMBULATORIOS que contará con los siguientes requisitos:
  • Deberán ser completadas con puño y letra del médico.
  • La prescripción debe realizarse por principio activo como se hace actualmente.
  • Se respetará las presentaciones y tamaños actuales.
  • Se debe respetar la fecha de validez impresa en la receta.
  • Las recetas poseen códigos de barra que identifica el documento de identidad del afiliado/a.
  • La fecha de venta se colocará debajo del diagnóstico.
  • Al dorso de la receta, sin sobresalir del tamaño de la misma, se colocará el ticket fiscal.
               Importante:
                              Convivirán ambos recetarios hasta que se comunique la implementación del nuevo con carácter obligatorio.

 

Modelo Nuevo Recetario IOSCOR

OSDEPYM: Alta nuevo Plan PYME 2500

Se informar que a partir del 01/12/2019, se da de alta un nuevo plan en OSDEPYM:

 

Plan Pyme 2500

 

Las normas de atención que caracterizan a este plan son:

► Presentar la credencial habilitante (Son válidas para la atención tanto la credencial de plástico
como la credencial virtual (App OSDEPYM).
► Presentar el Documento de Identidad.
► Receta: con membrete del profesional médico, Institucional o Recetario de
OSDEPYM.

► Cubre los productos incluidos en el VDM OSDEPYM

 

Resto de las normas, aplican las convenidas.

 

Desde nuestro sitio web podrán acceder a las normas de atención actualizadas, VDM, modelos de credenciales, etc.

 

Asimismo recordamos que la validación de las recetas de OSDEPYM es obligatoria. 

A dicho validador se accede por intermedio de nuestra página www.cacofar.org o de la página de FACAF o por intermedio del siguiente link: http://osdepym.ddaval.com.ar

Las farmacias que deseen homologar su sistema de gestión, deben remitir un mail a: clt.validacion@gmail.com

No se aceptarán recetas validadas por otros sistemas.

 

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán Nº 1574 – CP: 3400 – Corrientes – Capital –

(379)4432305 / 4430800 / 4462197

cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

www.cacofar.org

APOPS: Información de Beneficiarios para las Farmacias Adheridas

APOPS informa que está cumpliendo un proceso de actualización de sus padrones. Es por eso que pondrá a disposición la información de nuestros afiliados y su grupo familiar primario.
Asimismo, se recuerda la cláusula segunda de del contrato que indica “El farmacéutico deberá cotejar apellido y nombre del afiliado y/o integrantes de su grupo familiar con el listado que se le proveerá”
Es por ello que se implementó que a partir del día 15 de Septiembre de 2019, la consulta de los mismos sea a través de la página oficial de APOPS, de donde surgirá la información de los afiliados habilitados y su Grupo Familiar Primario, siendo estos exclusivamente, los únicos que pueden recibir este beneficio.
Para acceder a dicho padrón actualizado, se deberá hacer de la siguiente manera:
ingresando por la WEB a https://apops.org.ar/consulta-afiliados/ en donde se pedirá una contraseña para ingresar a la misma (la contraseña es SalarioDigno@#2019, respetando las mayúsculas y minúsculas, tal cual como se indica) y aparecerá un menú en donde se podrá buscar por DNI del Titular (recordar el control del documento de identidad original) y aparecerá todo el Grupo Familiar Primario habilitado para ser provisto de los medicamentos.
En caso de que se prefiera, podrá solicitarlo que se envié en un archivo adjuntado por mail para su posterior impresión.
Cabe aclarar que dicha modalidad, se comunicará fehacientemente en los próximos días.
Ante cualquier duda, puede escribir a accionsocial@apops.org.ar
o comunicarse al (011) 5544-8300

Secretaría de Acción Social Secretaría de Infraestructura y Tecnología
Eliana Fabre Mariano Raúl López