Estimados:
El siguiente texto corresponde a una notificación remitida por OSMATA, en relación a las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia COVID:
«Les comentamos que por razones de pandemia el año pasado comenzamos con un grupo de medidas para asegurar la prestación a los afiliados de la obra social OSMATA. Dichas medidas siguen en vigencia, a pesar de que es posible que sea más simple a nuestros afiliados acceder a una receta a diferencia del año pasado. Dejamos debajo el listado de medidas para refrescar la memoria. Por favor comunicar a las farmacias para evitar problemas con la atención. Ante cualquier duda estamos a su disposición. Dejamos debajo las medidas de referencia:
. En relación a la vigencia de las recetas, este se extiende de 30 días en la norma operativa original a 90 días corridos de todas las recetas físicas.
. En relación a las denominadas recetas digitales, O.S.M.A.T.A. modifica sus normas para trabajar acorde a la Resolución 696/2020, pudiendo la farmacia aceptar recetas en formato de copia, o entregada por cualquier medio telemático (fax) o digital (mail, What’s up, etc). Dicha normativa de recetas está destinada a la prescripción de medicamentos ambulatorios.
. En relación a la dispensa de medicamentos Crónicos (con cobertura por la Obra Social al 70% y al 100%), la entrega de estos medicamentos puede realizarse sin receta. Los afiliados deben presentarse con credencial de la obra social o D.N.I. y la farmacia debe validar los medicamentos pedidos. Si el validador da por aprobada la cobertura de Cronicidad, el medicamento debe ser entregado. Los familiares del afiliado también pueden presentarse a dispensar estos medicamentos exhibiendo el carnet o D.N.I. del afiliado. Si los afiliados tienen recetas digitales al presentarse en la farmacia, la misma puede utilizarlas pero la presentación no es obligatoria para la dispensa de esta medicación. Para poder presentar estas validaciones a la Obra Social, las farmacias deben imprimir el comprobante de validación o utilizar el ticket para cumplir con las formalidades que originalmente se hacen sobre la receta (firma del afiliado o familiar en conformidad, troqueles de lo entregado, etc.). No se realizarán débitos sobre todo los que normalmente están relacionados con la receta en los medicamentos de este plan mientras estén en vigencia esta norma».
Atentamente.-
Cámara Correntina de Farmacias
Tucumán Nº 1574 – CP: 3400 – Corrientes – Capital –
Cel.:(379)4789147 o (379)5063637