PAMI: Ampliación vigencia | Recetarios particulares

EL COORDINADOR GENERAL DE MEDICAMENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

 

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Se dispone ampliar en siete (7) días el plazo previsto dispuesto en el  ARTÍCULO 2º de la DI-2023-9-INSSJP-GM#INSSJP. Las Recetas particulares emitidas hasta el 22/08/2023, en los términos de la DI-2023-1426-INSSJP-SPS#INSSJP, se considerarán válidas hasta el 22/09/2023, respetando su vigencia de 30 días de la fecha de emisión, conforme Resolución N° 1304/DE/16.

A partir del 23/08/2023, las únicas recetas vigentes serán las emitidas en formato electrónico y aquellas emitidas en recetarios manuales de PAMI activos.

ARTÍCULO 2º.- Las Recetas particulares dispensadas hasta el 22/09/2023 podrán ser incluidas en las presentaciones correspondientes hasta el 15/10/2023, para su procesamiento y correspondiente auditoria de acuerdo a lo establecido en el marco de la RESOL-2023-1093-INSSJP-DE#INSSJP y la DI-2023-1426-INSSJPSPS#INSSJP.

INFORMATIVO-032-ADJUNTO.pdf (70 descargas)

 

Autorización transitoria de recetas particulares y manuales

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

Informe

Número: IF-2023-89600899-INSSJP-SPS#INSSJP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Miércoles 2 de Agosto de 2023

 

Referencia: ANEXO I | Autorización transitoria de recetas particulares y manuales

 

ANEXO I

 

Características de las recetas manuales aceptadas por el Instituto

 

Las recetas manuales (recetarios particulares) habilitadas hasta tanto ocurra el restablecimiento de los sistemas del Instituto, deberán cumplir con las siguientes características para su aceptación por parte de las farmacias:

  • Nombre y Apellido de la persona afiliada.
  • Número de beneficio
  • Prescripción: Nombre del medicamento expresando dosis y cantidad; presentación comercial (indicar forma farmacéutica, contenido y concentración del medicamento). En caso de no contar con unidad de medida, deberá dispensar la menor existente.
  • Firma y sello del profesional que prescribe.
  • Fecha de prescripción en números arábigos.
  • Todos estos datos deben ir con la misma letra y la misma tinta y cualquier observación debe ser salvada por el médico prescribiente quién, además, debe firmar y sellar nuevamente la receta
  • En caso de error y/u omisión, el farmacéutico podrá salvar el número de beneficio de la persona afiliada, deberá, a tal fin, firmar y sellar la receta.

Con cada receta se podrá dispensar un máximo de dos RP y un máximo de dos cajas para cada uno de ellos.

La validación de los recetarios particulares se realizará en un plan específico que estará disponible en FarmaPami y en los sistemas de gestión habilitados.

 

Acondicionamiento de las recetas manuales aceptadas por el Instituto

 

Las recetas manuales (recetarios particulares) dispensadas deberán presentarse obligatoriamente junto con el comprobante de autorización (OPF).

Para facilitar las tareas de auditoría, las recetas manuales particulares dispensadas deberán presentarse en lotes independientes, respetando los mismos las condiciones de presentación del Convenio vigente. Las farmacias deberán cerrar una presentación particular para este plan y las instituciones de presentación deberán hacer lo propio con los cierres de manifiesto.

La OPF deberá estar adherida a la receta manual dispensada. Los códigos de barra de la OPF, la totalidad de los troqueles y las firmas y sellos deben estar siempre visibles. La farmacia debe asegurarse de no obstruir con la OPF ningún elemento de la receta.

La/el farmacéutica/o deberá sellar y firmar la receta u OPF. La firma y sello deberá estar siempre visible.

No es necesaria la presentación de los tiques fiscales, no se recomienda la presentación de los mismos dado que pueden obstruir elementos esenciales para la auditoría farmacéutica.

La presentación no debe contener elementos metálicos (broches, clips, etc).

Debe usarse sólo pegamento en barra.

Farmacia Kairuz!!!!

Felicitamos y saludamos a la Farmacia KAIRUZ de  la localidad de Mercedes por su Aniversario N° 80

Carta de Intención entre el Ministerio de Salud de la Nación y Asociaciones Farmacéuticas

CARTA-DE-INTENCION-ENTRE-EL-MINISTERIO-DE-SALUD-DE-LA-NACION-Y-ASOCIACIONES-FARMACEUTICAS.pdf (117 descargas)

Entre las líneas de acción propuestas se encuentra la concientización sobre el uso racional de medicamentos, la prescripción de medicamentos por nombre genérico, y la promoción de lineamientos que conlleven a una efectiva resistencia antimicrobiana.

La ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, suscribió hoy una carta de intención con asociaciones farmacéuticas con el objetivo de colaborar en la ampliación del acceso de la población a medicamentos, garantizando el ejercicio libre de la industria conforme los principios jurídicos respectivos y fortaleciendo la política nacional de medicamentos.

“Esta firma es un reflejo de todo lo que venimos haciendo y de los compromisos que tenemos hacia adelante”, explicó Vizzotti, al tiempo que remarcó que “estamos en un momento realmente importante de la política de medicamentos”.

Luego, la ministra indicó que “tenemos por delante la implementación de la receta digital, cuya reglamentación era un desafío grande y salió bien porque lo trabajamos mucho”. También se refirió a la reglamentación de la prevención y control de la resistencia antimicrobiana que “es un tema muy importante y en el cual la farmacia hospitalaria adquiere una relevancia grande y va a ser necesario que los farmacéuticos tengan un rol activo y tenemos que trabajar juntos para empoderarlos”.

Por último, Vizzotti destacó la importancia de la visibilización del rol de los farmacéuticos como parte del equipo de salud y sostuvo: “Venimos trabajando codo a codo, sigamos por este camino”.

Por su parte, la jefa de gabinete de la cartera sanitaria, Sonia Tarragona celebró que se haya dado un paso más en esta colaboración constante que se ha establecido con las distintas asociaciones farmacéuticas. “Desde hace tres años venimos trabajando en forma conjunta y articulando distintas cuestiones. Y creo que esto mantiene abierto los canales de dialogo y refleja un intercambio permanente que permite seguir avanzando en otras necesidades”, manifestó la funcionaria, quien agregó que Argentina es referente en la región por su Plan de Desarrollo de los Servicios Farmacéuticos y la jerarquización de las acciones llevadas adelante por los profesionales del área en todo el país.

A su turno, la subsecretaria de Medicamentos e Información Estratégica, Natalia Grinblat, sostuvo: “Venimos recorriendo un camino largo de colaboración desde 2020 cuando nos juntamos para evaluar la situación de los servicios farmacéuticos e hicimos la resolución 2949/2021 que nos ubicó como el primer país de Latinoamérica en tener un plan de desarrollo de los servicios farmacéuticos”.

Luego, Grinblat puso en valor el trabajo realizado junto a las asociaciones farmacéuticas y, en colaboración con OPS, para evaluar el estado los servicios farmacéuticos de los hospitales y centros de salud con mayor actividad para poder aplicar las políticas públicas necesarias.

Las asociaciones firmantes son la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), la Federación Farmacéutica (FEFARA), la Federación Argentina de Cámara de Farmacia (FACAF), la Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital (AAFH) y la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas (ASOFAR).

La firma permitirá formalizar y fortalecer las acciones conjuntas con el Ministerio de Salud en relación a la realización de mesas técnicas de trabajo; el intercambio de información en materia sanitaria relativa a medicamentos; y la articulación de gestiones inherentes a la ampliación del acceso a medicamentos con otros organismos del sector público nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También propicia la realización de capacitaciones para concientizar sobre el uso racional de medicamentos, la prescripción de medicamentos por nombre genérico, y la promoción de adecuados lineamientos que conlleven a una efectiva resistencia antimicrobiana.

Cabe destacar que durante esta gestión se ha logrado la colaboración constante y la participación de las distintas asociaciones en mesas de trabajo, de las que surgieron la resolución 2949/2021 que aprobó el “El Plan de Desarrollo de los Servicios Farmacéuticos en Atención Primaria de la Salud”; la resolución 27/2022 de reimpulso de la prescripción por nombre genérico, precios de referencia para la seguridad social y accesibilidad geográfica a las farmacias; la resolución 28/2022 de implementación del uso de autotest COVID-19; el acuerdo de precios con los laboratorios productores, en conjunto con el Ministerio de Economía; la reglamentación de la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales; y la reglamentación de la Ley 27.680 de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos.

También participaron de la reunión la directora Medicamentos Esenciales, insumos y Tecnologías, Gisela Soler; y la coordinadora Programa Remediar, María Eugenia Debiassi. En representación de las asociaciones farmacéuticas estuvieron presentes el presidente de la Federación Farmacéutica (FEFARA), Damián Sudano; el presidente de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), Ricardo Alfredo Pesenti; el presidente de la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas (ASOFAR), Norberto José Mañas; y la secretaria de la Comisión Directiva de la Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital (AAFH), María Marta Balda.

Sistema de información de Lanmed SA – presentación de la nueva Base de datos

Se informa la creación de un nuevo servicio de información para poner a disponibilidad de las farmacias como resultado de necesidades que se fue recabando. Las mismas se pueden descargar en formato .xls o .txt haciendo click en el sigiuiente boton:

Este servicio consiste en una nueva base de datos de precios con productos que no se encuentran en Alfa Beta. A modo de ejemplo:

1.400 medicamentos discontinuados o con precios desactualizados en Alfa Beta y que aún se comercializan.
14.500 productos de Accesorios y Perfumería
75 exhibidores con sus respectivos productos contenidos.
40 productos Sin Troquel.
40 packs con los precios individuales de cada uno de los productos contenidos.
1.600 códigos de barra secundarios

En cuanto a los precios de cada producto está disponible el máximo y el promedio. Lanmed sugiere publicar para sus Farmacias clientes: PVP Maximo para todos los productos que sean Medicamentos… y publicar el precio de: Lista PROM: para todos los productos que no sean medicamentos (por ejemplo Perfumería y Accesorios)

Para utilizar el web service, descagar el siguiente API desde aqui:

Si desean desarrollar un enlace online con cada farmacia cliente, para ello deben invocar:

https://actualizaciones.lanmed.com.ar/wslanmed/

 

Por otro lado, se ha habilitado dos vías de contacto para consultas y soporte de lunes a viernes de 9 a 18 horas:

Teléfono: 0810-220-3198

Correo:  soporte@lanmed.com.ar

 

 

Sancor Salud unificado – Validación formulario 4

Se informa que a partir del 07/11/2022 se comenzará a controlar la validez de los Formularios Nro 4 contra el servidor de Sancor Salud.

Al momento de la validación online será obligatorio el ingreso del Nro de formulario en el campo “receta” tal cual figura en el margen superior derecho de dicho formulario. (NO DEBE LEERSE EL CODIGO DE BARRAS, ya que el mismo no contiene el dato correspondiente).

Se recomienda prestar especial atención en la cantidad de envases autorizados y % de cobertura indicado en el formulario

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán Nº 1574 – CP: 3400 – Corrientes – Capital –

 Cel.:(379)4789147 o (379)5063637

cacofar@cacofar.org o cacofar@arnetbiz.com.ar

www.cacofar.org