Autorización transitoria de recetas particulares y manuales

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

Informe

Número: IF-2023-89600899-INSSJP-SPS#INSSJP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Miércoles 2 de Agosto de 2023

 

Referencia: ANEXO I | Autorización transitoria de recetas particulares y manuales

 

ANEXO I

 

Características de las recetas manuales aceptadas por el Instituto

 

Las recetas manuales (recetarios particulares) habilitadas hasta tanto ocurra el restablecimiento de los sistemas del Instituto, deberán cumplir con las siguientes características para su aceptación por parte de las farmacias:

  • Nombre y Apellido de la persona afiliada.
  • Número de beneficio
  • Prescripción: Nombre del medicamento expresando dosis y cantidad; presentación comercial (indicar forma farmacéutica, contenido y concentración del medicamento). En caso de no contar con unidad de medida, deberá dispensar la menor existente.
  • Firma y sello del profesional que prescribe.
  • Fecha de prescripción en números arábigos.
  • Todos estos datos deben ir con la misma letra y la misma tinta y cualquier observación debe ser salvada por el médico prescribiente quién, además, debe firmar y sellar nuevamente la receta
  • En caso de error y/u omisión, el farmacéutico podrá salvar el número de beneficio de la persona afiliada, deberá, a tal fin, firmar y sellar la receta.

Con cada receta se podrá dispensar un máximo de dos RP y un máximo de dos cajas para cada uno de ellos.

La validación de los recetarios particulares se realizará en un plan específico que estará disponible en FarmaPami y en los sistemas de gestión habilitados.

 

Acondicionamiento de las recetas manuales aceptadas por el Instituto

 

Las recetas manuales (recetarios particulares) dispensadas deberán presentarse obligatoriamente junto con el comprobante de autorización (OPF).

Para facilitar las tareas de auditoría, las recetas manuales particulares dispensadas deberán presentarse en lotes independientes, respetando los mismos las condiciones de presentación del Convenio vigente. Las farmacias deberán cerrar una presentación particular para este plan y las instituciones de presentación deberán hacer lo propio con los cierres de manifiesto.

La OPF deberá estar adherida a la receta manual dispensada. Los códigos de barra de la OPF, la totalidad de los troqueles y las firmas y sellos deben estar siempre visibles. La farmacia debe asegurarse de no obstruir con la OPF ningún elemento de la receta.

La/el farmacéutica/o deberá sellar y firmar la receta u OPF. La firma y sello deberá estar siempre visible.

No es necesaria la presentación de los tiques fiscales, no se recomienda la presentación de los mismos dado que pueden obstruir elementos esenciales para la auditoría farmacéutica.

La presentación no debe contener elementos metálicos (broches, clips, etc).

Debe usarse sólo pegamento en barra.

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