OSPJN (Obra Social del Poder Judicial de la Nación) ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, autoriza a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc).
- Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico, número de prestador).
- Tipos de recetarios: Serán válidos recetarios oficiales, Hospital Aleman, de médicos particulares, instituciones siempre que contengan membrete.
- Es requisito obligatorio que el afiliado concurra con la receta impresa a la farmacia.
- La farmacia podrá facturar con la fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma.
- Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta.
- Dichas recetas serán válidas también para psicotrópicos y estupefacientes.
- Esta medida entra en vigencia desde 20/04/2020 y hasta nuevo aviso.
Atentamente.-