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OSMATA – MEDIDAS COVID
Estimados:
El siguiente texto corresponde a una notificación remitida por OSMATA, en relación a las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia COVID:
«Les comentamos que por razones de pandemia el año pasado comenzamos con un grupo de medidas para asegurar la prestación a los afiliados de la obra social OSMATA. Dichas medidas siguen en vigencia, a pesar de que es posible que sea más simple a nuestros afiliados acceder a una receta a diferencia del año pasado. Dejamos debajo el listado de medidas para refrescar la memoria. Por favor comunicar a las farmacias para evitar problemas con la atención. Ante cualquier duda estamos a su disposición. Dejamos debajo las medidas de referencia:
. En relación a la vigencia de las recetas, este se extiende de 30 días en la norma operativa original a 90 días corridos de todas las recetas físicas.
. En relación a las denominadas recetas digitales, O.S.M.A.T.A. modifica sus normas para trabajar acorde a la Resolución 696/2020, pudiendo la farmacia aceptar recetas en formato de copia, o entregada por cualquier medio telemático (fax) o digital (mail, What’s up, etc). Dicha normativa de recetas está destinada a la prescripción de medicamentos ambulatorios.
. En relación a la dispensa de medicamentos Crónicos (con cobertura por la Obra Social al 70% y al 100%), la entrega de estos medicamentos puede realizarse sin receta. Los afiliados deben presentarse con credencial de la obra social o D.N.I. y la farmacia debe validar los medicamentos pedidos. Si el validador da por aprobada la cobertura de Cronicidad, el medicamento debe ser entregado. Los familiares del afiliado también pueden presentarse a dispensar estos medicamentos exhibiendo el carnet o D.N.I. del afiliado. Si los afiliados tienen recetas digitales al presentarse en la farmacia, la misma puede utilizarlas pero la presentación no es obligatoria para la dispensa de esta medicación. Para poder presentar estas validaciones a la Obra Social, las farmacias deben imprimir el comprobante de validación o utilizar el ticket para cumplir con las formalidades que originalmente se hacen sobre la receta (firma del afiliado o familiar en conformidad, troqueles de lo entregado, etc.). No se realizarán débitos sobre todo los que normalmente están relacionados con la receta en los medicamentos de este plan mientras estén en vigencia esta norma».
Atentamente.-
Cámara Correntina de Farmacias
Tucumán Nº 1574 – CP: 3400 – Corrientes – Capital –
Cel.:(379)4789147 o (379)5063637
CONFERENCIA EPISCOPAL ARGENTINA – SAN PEDRO
Para que un afiliado pueda obtener el 40% de descuento directamente en la farmacia, deberá presentar:
- RECETA MEDICA, debidamente firmada y sellada por el profesional; cumpliendo además todos los requisitos que corresponden a la misma.
- CREDENCIAL DE CEA SAN PEDRO con su cupón de pago del mes en curso, o el del mes inmediato anterior como máximo, con respecto a la fecha de venta en el caso de las dos primeras credenciales. La tercera se estará distribuyendo desde Junio 2021 y no necesitara presentación de troquel de pago hasta la vigencia que indique en el frente de la misma. La que se emitio tiene una vigencia hasta el 30.06.2022 como pueden leer.
REQUISITOS DE LA RECETA:
- Nombre y Apellido del afiliado.
- Nº de socio y denominación de la CEA – SAN PEDRO.
- Cantidad de medicamentos con su aclaración en números y letras cuando se prescriba más de una unidad y mención de la droga además del nombre comercial.
- El facultativo podrá prescribir 3 (tres) especialidades por receta y hasta un máximo de 2 (dos) unidades grandes de cada especialidad, excepto en el caso de antibióticos inyectables en envases unitarios, de los cuales podrá recetar hasta 5 (cinco) unidades.
- Si el profesional no especificara el tamaño del medicamento, se expenderá el de menor contenido.
- La leyenda tratamiento prolongado cuando se solicite más de una unidad de una especialidad, indicación de diagnostico relacionado con el medicamento prescripto.
- Fecha de emisión.
- Firma del facultativo, sello aclaratorio y número de matrícula.
- Deberá estar confeccionada de puño y letra del profesional, sin cambiar la tinta utilizada o con la salvedad correspondiente.
- La receta vencerá a los 30 (treinta) días de haber sido emitida.
- En el caso de tratarse de medicamentos adquiridos para un paciente internado, deberá consignarse la situación con un sello o agregar de puño y letra del facultativo que la emite la leyenda PACIENTE INTERNADO.
APARTADO: No se aceptarán recetas con sobrescritos, enmiendas, tachaduras, raspaduras, correcciones u omisiones en la prescripción de datos imprescindibles. Toda corrección o agregado debe ser efectuada por el profesional que extendió la receta, quien deberá
salvarla con su firma.
REQUISITOS PARA FACTURAR: (con ticket oficial o en el dorso de la receta)
- Fecha de venta.
- Importe de cada producto adquirido.
- Total de la venta.
- Importe a cargo del socio.
- Importe a cargo de CEA – SAN PEDRO.
- Troqueles de los medicamentos atendidos (conservando el código de barras en forma legible).
- Firma de conformidad del socio o un tercero INMEDIATAMENTE SEGUIDA AL IMPORTE.
- Si se tratara de un tercero, deberá constar el Nº de documento.
- CEA – SAN PEDRO acepta liquidaciones mensuales o bimensuales únicamente. Toda liquidación que exceda dicho plazo será rechazada.
APARTADO: las enmiendas correspondientes a la facturación deberán ser salvadas con doble firma del beneficiario, bajo ningún concepto se aceptaran correcciones sin esta salvedad.
NOTA: CEA – SAN PEDRO ACEPTA RECETARIOS PARTICULARES, OFICIALES Y DE FEDERACIONES MEDICAS.
PRODUCTOS BAJO LA COBERTURA DE CEA – SAN PEDRO:
Todos los medicamentos incluidos como venta bajo receta en el Manual Farmacéutico o cualquier publicación similar.
PRODUCTOS ESPECIALES RECONOCIDOS:
JABONES MEDICINALES *
LOCIONES CAPILARES *
LOCIONES DERMICAS *
PASTAS DENTALES MEDICINALES*
SOLUCIONES PARENTERALES
VITAMINAS
NO RECONOCIDOS:
PRODUCTOS DE VENTA LIBRE
EDULCORANTES
FORMULAS MAGISTRALES
HOMEOPATIA
LECHES MODIFICADAS
PERFUMERIA
SUPLEMENTOS DIETARIOS
MEDICAMENTOS PARA DISFUNCION SEXUAL
TIRAS REACTIVAS E INSULINAS
El socio deberá enviar a CEA – SAN PEDRO la receta con indicación de domicilio adonde entregarlas y se proveerán directamente. Las tiras reactivas y las insulinas están cubiertas en un 100% a través de esta modalidad.
MEDICAMENTOS ONCOLOGICOS E INMUNOLOGICOS (HIV) y ALTO COSTO
En el caso de estos medicamentos, el socio deberá enviar la receta a CEA – SAN PEDRO con indicación de domicilio adonde entregarlas y se proveen directamente. En el caso de medicamentos de alto costo por otras patologías cuyo valor exceda los $ 15.000 por caja, la farmacia tendrá que pedir autorización a CEA – SAN PEDRO antes de su entrega al socio y contener diagnostico completo caso contrario se rechazará.
COVID 19
Se aceptan (durante el periodo que dure la emergencia) la entrega de recetas digitalizadas o fotocopiadas con troqueles originales adheridos en la misma para presentar.
CEA – SAN PEDRO