PROVINCIA ART: Tratamiento de Recetas Digitales (No vigente)

Estimados:

 

Transcribimos a continuación información remitida por PROVINCIA ART, relativa al tratamiento de recetas digitales:

 

En momentos como estos es importante llevar adelante los cambios que sean necesarios para poder continuar cumpliendo el rol social que nos toca como aseguradora. Es por eso que necesitamos comenzar a trabajar bajo una modalidad de autorización / liquidación de expendio farmacéutico distinta, razón por la cual a partir de recibida esta comunicación se implementará el proceso aquí descripto:

 

  1. El siniestrado recibe por una vía electrónica la foto digital de la receta, o bien podría presentar una copia de la misma.
  2. La farmacia recibe o solicita (mediante nuestro call center) la autorización vía mail, sin excepción por monto.
  3. Al momento de realizar la compra, el asegurado escribirá de puño y letra su conformidad (nombre, apellido, teléfono, firma y DNI) detrás del ticket de compra.
  4. De ser requerida, desde la Aseguradora se puede enviar la receta digital a la farmacia, la cual puede imprimirla y pegar los troqueles.
  5. Presentar como documentación respaldatoria de la facturación los troqueles y consentimiento del paciente más la autorización correspondiente.

 

La farmacia debe asegurarse que la receta no sea presentada más de una vez, ya que cada autorización corresponderá a solo una receta digital, téngase en cuenta que eso puede ser causal de débito.

 

Por favor comprendamos la situación, tenemos siniestrados que se están quedando sin su medicación y es necesario primar la salud.

 

Atentamente.-

 

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574

3400 – Corrientes – Capital

Tel: 0379-4430800

e-mail: cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

cacofar.org

ASOCIART ART: NORMATIVA PARA TRATAMIENTO DE RECETAS DIGITALES

ESTIMADOS:

Remitimos normativa remitida por ASOCIART ART para el tratamiento de recetas digitales.


 

 

Estimado Farmacéutico

 

Ante la situación de emergencia creada por el brote de COVID-19, autorizamos a las farmacias a que reciban como válidas las imágenes de recetas originales médicas que hayan sido enviadas a nuestros afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc.). Las mismas deben conservar el formato habitual (membrete de institución, datos del afiliado, nombre del medicamento y su genérico, fecha, firma y sello del médico).

 

La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta y el afiliado deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket.

La validez de la receta será de 7 días corridos a partir de la fecha escrita por el médico.

 

Esto no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes.

 

Esta medida entra en vigencia desde 26/03/2020 y será de aplicación mientras se mantenga la restricción a la circulación decretada por el Gobierno Nacional.

 

 

La vocación de servicio y el espíritu solidario compartido harán que entre todos podamos continuar avanzando.

 

Te saludamos cordialmente,

 

ASOCIART ART

 

Atentamente.-

 

Cámara Correntina de Farmacias

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OSSACRA: Medidas de emergencia COVID-19 – Recetas digitales y Vacunación Antigripal

Se recuerda las medidas implementadas por emergencia pandemia COVID-19:

1. Se habilita a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc). Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico). Preferentemente el afiliado debe concurrir con la receta impresa a la farmacia. La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia. Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta.

2. DISCAPACIDAD: la farmacia podrá dispensar la receta siempre que se adjunte fotocopia del Certificado de Discapacidad y fotocopia del DNI, con cobertura del 100% para todas las drogas prescriptas.

3. Únicamente la nueva receta digital, podrá ser presentada por el afiliado a través de imagen en celular. La farmacia deberá validar on line ingresando el número de receta, y podrá presentar para la facturación solamente el ticket con los troqueles adjuntos y conformidad de expendio (firma, aclaración, DNI).

Esto no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes.

VACUNACION ANTIGRIPAL

Se implementa la autorización para las Vacunas Antigripales con el 40% de cobertura.
Requisitos para la dispensa:
El afiliado deberá presentar receta (podrá ser digital) más el mail de autorización, ambos impresos.

El mail de autorización únicamente desde la siguiente dirección valeria.llado@ossacra.org.ar consignado los siguientes datos:

  • Nº de Afiliado
  • Nombre del Afiliado
  • Producto
  • % de Cobertura

Esta medida entra en vigencia desde el día de la fecha, y hasta nuevo aviso.
Aclaramos que afiliados contemplados en grupo de riesgo, ya se encuentran empadronados por la Obra Social, por lo tanto al validar las recetas, si corresponde el sistema IMED asignará el 100% de cobertura a dicho grupo.
Las autorizaciones son para afiliados que no se encuentran empadronados.

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574

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OSPIT TEXTILES – OSPL (x ADMIFARM): RECEPCION MOSTRADOR RECETAS DIGITALES

Señores:

FARMACIA

Presente

 

Ref.: RECEPCION MOSTRADOR

RECETAS DIGITALES

De nuestra consideración:

Atentos al contexto actual de emergencia sanitaria que afecta a nuestro país como consecuencia del Covid–19 y de acuerdo a la extensión notificada del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, ADMIFARM GROUP ha implementado medidas especiales y extraordinarias para mantener el normal acceso a la medicación ambulatoria de todos los afiliados de las instituciones a las que brindamos servicio.

De acuerdo a lo antedicho, durante la vigencia del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO se aceptarán los comprobantes y/o certificaciones para el retiro de los medicamentos de venta ambulatoria y crónica detallados a continuación:

A. Receta original según normativa.

B. Fotocopia de receta original según normativa.

C. Impresión de prescripción médica (manuscrita o preimpresa) enviada a través de email o aplicación de mensajería electrónica por el Médico tratante. En este caso, tanto el afiliado como la farmacia podrán imprimir dicho documento y utilizarlo para la dispensa. En todos los casos deberá constar la firma y el sello médico, ya sea de su puño y letra o registrado digitalmente

D. Transcripción de la receta manuscritas o formularios que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc) en el formulario al presente link para los casos que el afiliado no cuente con impresión física de la prescripción.

MUY-IMPORTANTE-RECEPCION-EN-MOSTRADOR-RECETAS-DIGITALES.pdf (227 descargas) MUY-IMPORTANTE-RECEPCION-EN-MOSTRADOR-RECETAS-DIGITALES.pdf (227 descargas)

 Dicho formulario deberá completarse con todos los datos solicitados y sellarse al dorso con los datos del afiliado o de quien retira la medicación.

De acuerdo con la prórroga decretada del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, esta medida tendrá vigencia hasta el día 12/04/2020, informando oportunamente las modificaciones que pudieran surgir por este mismo medio.

Asimismo, les recordamos que en todas las Instituciones que posean control del Centro de Seguimiento de Patologías Crónicas (Nutrar) se prorrogará la entrega por un mes adicional con fotocopia de la receta original.

Es decir, para las Entidades con tratamientos de una receta y determinada cantidad de copias (3, 4, 5, etc.) se deberá aceptar una NUEVA IMAGEN de la prescripción original. La misma no será pasible de débito alguno.

O.S.P.L. (O. S. DEL PERSONAL LADRILLEROS) CRONICIDAD  – Nota x Validez de la receta 30 días

Quedamos a vuestra entera disposición ante cualquier consulta o solicitud al teléfono 0810-444-ADMI (2364) o al correo electrónico comercial@admifarmgroup.com.

EMERGENCIAS S.A.: TRATAMIENTO DE RECETAS DIGITALES – COVID-19

Transcribimos a continuación, información remitida desde EMERGENCIAS S.A., relativa al tratamiento de recetas digitales:

Ante la situación de emergencia creada por el brote de COVID-19, autorizamos a las farmacias a que reciban como válidas las fotos de recetas originales médicas que hayan sido enviadas a nuestros afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc). Las mismas deben conservar el formato habitual (membrete de institución, datos del afiliado, nombre del medicamento y su genérico, fecha, firma y sello del médico) y cumplir con lo indicado en nuestra norma de atención.

La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket.

La validez de la receta será de 7 días corridos a partir de la fecha escrita por el médico.

Esto no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes.

Esta medida entra en vigencia desde 25/03/2020 por tiempo indeterminado. Daremos aviso de su finalización por este mismo medio.

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574

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Tel: 0379-4430800

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Obras Sociales Compañia: DISPENSA DE EMERGENCIA

Dispensa de recetas en situación de emergencia

Atentos a las circunstancias especiales que atraviesa el país, diversas Entidades han dispuesto excepcionalmente que hasta el 31/03/20 inclusive sus afiliados puedan concurrir a las farmacias con cualquiera de los siguientes comprobantes:

  1. Prescripción tradicional propiamente dicha.
  2. Reproducción de la prescripción emitida vía mail o Whatsapp siempre y cuando cuente con los mismos datos de la prescripción tradicional según norma (nombre y apellido del paciente, número de afiliado, medicación y cantidades prescriptas, fecha de prescripción, datos del profesional, etc.)
  3. Autorizaciones especiales (cuando esto sea requerido según norma) también enviada por mail u otra modalidad electrónica similar, ya sea para adjuntar alguno de los comprobantes anteriores o bien como reemplazo de la prescripción. En este último caso, la autorización deberá contener los mismos datos exigidos para la prescripción (puntos a y/o b).

En cualquier caso, el paciente deberá concurrir a la farmacia con la impresión correspondiente y la farmacia proceder a su validación electrónica obligatoria para su posterior liquidación a COMPAÑÍA. NO se aceptarán dispensas sin alguno de los correspondientes comprobantes físicos de la prescripción mencionados.

Cabe aclarar que en el caso de medicación que requiera receta archivada, el paciente deberá concurrir con el duplicado original que exige la autoridad sanitaria.

Detallamos a continuación las entidades que hasta el momento adoptarán esta modalidad, siempre y cuando su farmacia ya sea prestadora de alguna de ellas:

  • ACA SALUD (214)
  • OSDOP (450)
  • OSTEL (205)
  • PREVENCION SALUD (463)

Agradeceremos vuestra colaboración en estas circunstancias especiales para implementar esta modalidad excepcional a fin de que los afiliados puedan contar con la medicación que precisan.

 

TRABAJADORES JUBILADOS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y OSPETELCO

SISTEMA SOLIDARIO DE SALUD

Aclaración: Dispensa excepcional válida

Como complemento de la circular 199/20, informamos el esquema de dispensa válido durante la vigencia de la emergencia sanitaria:

Cobertura General: los afiliados podrán concurrir a las farmacias presentando sus prescripciones en formato digital (WhstsAapp, mail, etc.) o impresas. Estas recetas deberán ser validadas obligatoriamente.

Para la presentación en CSF, al ticket de venta se le adosarán los troqueles y el recibido de conformidad del paciente o quien retira y la prescripción impresa (si hubiera).

Cobertura Crónicos u otras excepciones: es válida la dispensa de medicación crónica aún sin la prescripción, siempre y cuando se encuentre expresamente autorizado por Garantía Médica. En este caso, para su posterior facturación a COMPAÑÍA deberán presentar la autorización correspondiente impresa (ya sea la que Garantía Médica envíe vía email a la farmacia o bien la que se descarga de la página web), junto con el ticket de venta, troquel y conformidad.

El resto de las normas continúan vigentes sin modificación.

Ante cualquier duda, contáctese con nuestro Depto. de Atención al Cliente por mail (info@csf.com.ar), teléfono y/o Whatsapp al (011) 15 4030-4952 y (011) 15 3946-9482

Sin otro particular, los saludamos atentamente.

Colonia Suiza: Recetario Electrónico/Digital

29 de marzo de 2020

 

REF: recetario electrónico/digital

Por medio de la presente informamos que RIO VARADERO S.A. (COLONIA SUIZA) debido a la situación de público conocimiento, aceptará temporalmente las recetas electrónicas o que hayan sido enviadas en formato digital.

Para validar dicha receta, deberá solicitar autorización via mail a autorizaciones_farmacias@colonia-suiza.com que le servirá para facturar las prestaciones.

 

Validez de la norma: hasta el 30/04 inclusive. La prórroga se evaluará de acuerdo a la situación pública del momento.

 

 

Cualquier consulta, a su disposición.

Muchas gracias.

 

 

 

 

 

Depto. de Contrataciones

COLONIA SUIZA

(011) 15.5180.6984

Avenida Rivadavia 611, CABA

www.colonia-suiza.com

Comunicado MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CORRIENTES: Horario de Atencion en Farmacias

FARMACIAS

Buenos días: en relación a la consulta sobre el horario de atención de las farmacias, se comunica que las mismas deberán hacerlo en el horario normal y habitual de atención al público de acuerdo a la habilitación de cada farmacia ( horario comercial u horario de 24 hs), debiendo respetar los turnos que cada establecimientos deba cumplir.

Asimismo, se recuerda la vigencia de la Ley 173565 y Dto. Reglamentario 504/69 que establece la presencia del  Farmacéutico al frente de la farmacia.-

Atentamente.-

MANUEL CARLES

FISCALIZACIÓN SANITARIA

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CORRIENTES