OSMEDICA: COBERTURA RECETARIOS

En representación de Obra Social Osmedica

(Federacion Medica),  les comunico que debido a las medidas tomadas por el Gobierno Nacional, se ha resuelto que la atención a nuestros afiliados se hará de modo no presencial, y las Ordenes de Consulta y Recetarios serán confeccionados por el Medico Tratante, con todos los datos filiatorios del paciente.

La modalidad que adoptamos es similar a la de la Obra Social de la Provincia (IOSCOR), y es valida para facturar si estuviera bien confeccionada, con todos los datos filiatorios del paciente, quien debe presentar su Carnet de afiliacion en la Farmacia que corresponda.

Atento a la Resolucion del Ioscor, donde figura el modelo de Recetario, idéntico al cual debe ser confeccionado por el Medico, y tendrá la misma validez que el anterior, el que se le entregaba por las oficinas de la Obra Social.  Por tanto, se comunica que seran validos, los recetarios confeccionados por el medico tratante.

De igual manera debe confeccionar la Orden de Consulta, con todos los datos, fecha de atención, diagnostico y firma y aclaración del paciente o familiar en caso de menores de edad.

Las Farmacias habilitadas para entrega de medicamentos son Farmacia Catedral, Farmacia San Andres (España y 3 de Abril). Si el afiliado es menor de un año, y/o tiene cobertura especial diferente al 40%, debe aclarar en el recetario, para que pueda ser enviado al mail de auditoria Medica, en horario de 8 a 12 hs,  recetario escaneado y/o foto clara, y se le devuelve el mismo sellado con el 100 %, o porcentaje que corresponda.-

Atentamente.

 

Dr Dardo Ramirez Boll

Auditoria Medica

Osmedica

FEMEGRECOR

Capitanes y Baqueanos: Recetas digitales

TEXTO REMITIDO POR LA ADMINISTRADORA DE LOS CONVENIOS CAPITANES Y BAQUEANOS, MAQUINISTAS DE TEATRO y TV y OSCOEMA:

Ante la situación de emergencia planteada por el brote de COVID-19 en nuestro país, autorizamos a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a nuestros socios a través de cualquier medio digital (email, WhatsApp, etc.)

Las mismas deben conservar el contenido y estructura habitual establecida por normativa. La farmacia deberá facturar con una copia impresa de la receta completa en todos sus campos y perfectamente legible con la firma del socio o de quien retira la medicación (firma, aclaración y DNI.) 

Esta medida no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes, salvo que las autoridades de Salud Pública resuelvan lo contrario.

Esta resolución entra en vigencia el día de la fecha hasta que el gobierno nacional mantenga el aislamiento social preventivo y obligatorio.

AVALIAN (ex ACA SALUD): Recetario E DOC / Aclaración membrete en emergencia

Informamos que el siguiente recetario es válido para la atención de los socios de ACA SALUD. El mismo presenta todos los datos en forma pre-impresa (asociado, prescripción y datos del profesional –sin firma ni sello-).

Debe presentarse impreso para su dispensa y requiere VALIDACIÓN OBLIGATORIA, tal como sucede con el resto de las prescripciones de ACA SALUD. Cuenta con un NÚMERO DE RECETA que debe ser ingresado al momento de validar, ya sea en su sistema de facturación o bien a través de www.plataformacsf.com.

En caso de que su farmacia no visualice en su sistema de facturación el campo donde debe ingresar el número de receta, le solicitamos que por favor haga el reclamo a su facturador para que lo incorpore. No obstante, en www.plataformacsf.com ya está disponible ese campo.

Por último, informamos que durante la emergencia sanitaria vigente SON VÁLIDOS los recetarios con publicidad de medicamentos sin identificación de la Institución.

Poder Judicial (OSPJN): Recetas digitales – (Vigente)

OSPJN (Obra Social del Poder Judicial de la Nación) ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, autoriza a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc).

  • Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico, número de prestador).
  • Tipos de recetarios: Serán válidos recetarios oficiales, Hospital Aleman, de médicos particulares, instituciones siempre que contengan membrete.
  • Es requisito obligatorio que el afiliado concurra con la receta impresa a la farmacia.
  • La farmacia podrá facturar con la fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma.
  • Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta.
  • Dichas recetas serán válidas también para psicotrópicos y estupefacientes.
  • Esta medida entra en vigencia desde 20/04/2020 y hasta nuevo aviso.

Atentamente.-

PAMI: Nueva modalidad de receta médica electrónica y Receta firma electrónica

En el siguiente link podrá descargar el Comunicado PAMI para Farmacias con la Nueva Modalidad de Receta Médica Electrónica.

Comunicado-Farmacias-Rta-Electronica-Covd-19.pdf (360 descargas)

Y el instructivo para farmacias:

INSTRUCTIVO-PARA-FARMACIAS-Covid-19.pdf (344 descargas)

A continuacion se pude descargar la RESOL-2020-1110- Receta firma electrónica

RESOL-2020-1110-Receta-firma-electrónica.pdf (322 descargas)

Mediante esta resolución el instituto acepta como válida mientras esté vigente la emergencia sanitaria, la receta electrónica sin firma del médico, ya que al prescribir se identifica en el sistema con un usuario y clave personal.

 

VALIDACIÓN RECETAS

Ante las reiteradas consultas por la búsqueda de recetas en FARMAPAMI informamos que La farmacia deberá consultar las recetas disponibles del afiliado/afiliada en el sistema FARMAPAMI utilizando el número de DNI y beneficio

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574 – 3400 – Corrientes – Cap.

Tel: 0379-4430800 – 4430273

e-mail: cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

www.cacofar.org

BOREAL / OSSIMRA: Comunicado para Farmacias – Recetas Digitales – Servicios de Contingencia – Situación Pandemia por COVID19

Durante este período de cuarentena obligatoria dispuesto por el Gobierno Nacional, informamos que, para la compra de medicamentos en farmacias, será admitida la presentación de prescripciones o recetas médicas en formato digital que sean presentadas por nuestros afiliados.

Las farmacias deberán solicitar al afiliado una copia de dichas recetas (siempre en formato digital), con el fin de adjuntarlas al momento de la respectiva facturación.

En estos casos, en ausencia de una receta física, la conformidad por parte del afiliado deberá ser plasmada sobre el ticket o factura correspondiente, en donde el afiliado consignará, por escrito, de puño y letra, sus datos: nombre y apellido, teléfono, firma y DNI.

Es importante que en las recetas médicas digitales, se visualicen de forma correcta l os siguientes datos:

– Nombre y apellido

– Número de afiliado

– Fecha

– Medicamento/s prescripto/s.

– Firma y sello del profesional prescriptor.

*** Importante: esta modalidad, por el momento, no aplica para psicofármacos de declaración obligatoria, los cuales requieren de la presentación de receta por duplicado.

Las recetas con formato electrónico (las cuales se ejemplifican en el siguiente link), son tan válidas como las recetas que estamos autorizando actualmente por mail, mediante consignación de sello + código de autorización. Es decir, ambos metodos son viables.

Boreal-Farmacias-Validez-Formato-de-Recetas-Digitales-Generadas-por-Centros-Médicos-de-Boreal.pdf (280 descargas)

Por otro lado, para el caso de dudas o consultas, hemos habilitado un canal unificado de contacto, al cual puede acceder haciendo click aquí:

https://boreal.bymovi.com/actualizacion_prestadores

Atentamente.