PAMI: VALIDACIÓN RECETAS CELESTES

Buenos Aires, 28 de Junio de 2017

 

VALIDACIÓN  RECETAS CELESTES

 

Recordamos que  desde el 1° de julio, los únicos modelos válidos para la dispensa de medicamentos e insumos son la receta de color blanco y la receta manual celeste debidamente activada.

La nueva receta celeste incorpora una serie de medidas de seguridad que permiten asegurar que los afiliados reciban los medicamentos que el médico ha indicado, y que nadie retire medicamentos en nombre de otra persona que no hayan sido recetados. Estas medidas de seguridad incluyen un sistema de activación que garantiza la validez de la receta al momento de la entrega de los medicamentos e insumos.

Con este sistema, aquellas recetas celestes no activadas no podrán ser validadas en las farmacias. Por eso es muy importante que las recetas estén activadas por los médicos prescriptores

Para saber si una receta está activada se puede consultar ingresando aqui

Swiss Medical Group: BLACK – Nuevo Plan y Credencial

[Descargar Informativo]

Estimado prestador:

Por medio de la presente, nos complace presentarle Black: un plan de salud exclusivo con la mejor cobertura del mercado, un concepto de servicio y atención preferencial para nuestros asociados.

Este es el modelo de la credencial Black, vigente desde el 01/06/2017.

Esta credencial habilita a los asociados Black a acceder al descuento del 80% directo en medicamentos y a los demás servicios de nuestra red de farmacias, a la cual usted pertenece.

Cordialmente,

Dr. Pablo Freire
Gerente de Gestión de Prestadores
Swiss Medical Medicina Privada

Este es el modelo de la credencial Black, vigente desde el 01/06/2017

Informativo 001_2017 – Nuevo Sistema de Pago: Transferencia Electrónica

Informativo-001_2017-Nuevo-Sistema-de-Pago-Transferencia-Electrónica.pdf (467 descargas)

Corrientes,  10 de Febrero de 2017

Informativo 001/2017

 

Nuevo Sistema de Pago: Transferencia Electrónica

 

La Cámara Correntina de Farmacias, como lo informamos oportunamente,  implementará a la brevedad, el pago de Obras Sociales a través de “TRANSFERENCIAS BANCARIAS” a los efectos de agilizar dicha operatoria.

La farmacia deberá informar Nº de Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro, Banco al que destinará los fondos y la respectiva CBU.

En caso de que la Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro no figure a nombre de la farmacia, esta deberá informar TITULAR DE LA CUENTA que deberá corresponder a algunos de los socios.

En el supuesto de que optara por hacer la transferencia a Droguería y/u otro proveedor, deberá informar los datos solicitados en el párrafo anterior para la transferencia total de los fondos que le correspondiera.

Adjuntamos a la presente Nota Modelo a ser completada por la farmacia con firma “certificada” (por banco, policía y/o escribano) y sello de los integrantes de la sociedad.

Sin otro particular y quedando a su disposición para cualquier consulta, saludamos a Ud.(s) con nuestro mayor respeto.

 

Comisión Directiva

Firma Acuerdo Complementario Industria-Dispensa sobre el Convenio PAMI

En la tarde del pasado viernes 27 de enero fue suscripto el contrato de provisión de medicamentos entre las Cámaras de la industria farmacéutica y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

El mismo, a través de sus noventa artículos y dieciocho anexos, establece las condiciones en las cuales ha de desarrollarse la prestación durante el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2017 y el 31 de marzo de 2018.

A partir de esta realidad, y como corolario de la sostenida gestión que las entidades farmacéuticas venimos realizando durante todo este tiempo, se ha tenido lugar una reunión entre representantes de las Cámaras de la industria y las instituciones representativas de la farmacia argentina.

Luego de arduas negociaciones, hemos podido delinear y suscribir un Acuerdo Complementario del Convenio antes citado, en el que se incluyeron buena parte de los históricos reclamos de nuestro sector, de lo cual destacamos lo siguiente:

  • A partir del presente nuestras instituciones integrarán una Comisión de Seguimiento de convenio PAMI–Industria con la finalidad de evaluar desempeños, proponer inquietudes y/o recomendaciones, velando en todo tiempo por el normal desarrollo de lo pactado.
  • Calce financiero: dejamos acordado y establecido un sistema que posibilitará a las pequeñas y medianas farmacias atender demandas en el marco de lo previsto por la Resolución 337, evitando que ellas deban cargar con la financiación de los productos dispensados en este segmento.

Estas previsiones entraran en vigencia desde el día de hoy, aplicándose por tanto a las dispensas de la primera quincena de febrero en adelante.

Por otra parte, ya se ha previsto para la semana próxima la realización de una primera reunión con las Cámaras de la industria, a fin de dejar establecido un concreto cronograma de pago para las prestaciones que realicemos de aquí en más.

Asimismo, y afectados por disidencias entre las Cámaras de la industria, nuestras pretensiones y reclamos relacionados con la provisión de insulinas y tiras no han logrado ser atendidas, tema sobre el cual seguiremos procurando una satisfactoria solución.

Finalmente, queremos hacerles llegar nuestra más íntima convicción:

  • Celebramos los avances alcanzados con mucho esfuerzo y dedicación…pero, esto no es suficiente.
  • Deberemos redoblar esfuerzos para lograr que lo acordado se cumpla y procurar que nuestras postergadas demandas (un día no muy lejano) sean satisfechas

Farm. Miguel LOMBARDO. Presidente – Federación Argentina de Cámaras de Farmacia

Farm. María Isabel REINOSO. Presidente – Confederación Farmacéutica Argentina

Farm. Manuel AGOTEGARAY. Presidente – Federación Farmacéutica de la República Argentina

Sr. Carlos VILLAGRA. Presidente – Asociación de Farmacias Mutuales y Sindicales de la República Argentina

Nuevo-Convenio-PAMI.pdf (311 descargas)

PROVINCIA ART: Tope

Provincia ART  envió un comunicado en donde se informa la modificación en el punto 3 y recuerda las normas de atención.

A continuación, compartimos un resumen de los puntos:

1-      La fotocopia del formulario de denuncia y/o solicitud de asistencia médica deben contener todos los datos identifica torios y ser perfectamente legible. En aquellos casos en que dicha documentación tenga una antigüedad mayor de 30 días la farmacia deberá comunicarse con Provincia ART a fin de solicitar la autorización de la entrega de producto.

2-      En la prescripción médica deberá constar el nombre completo del beneficiario y hallarse suscripta por el médico actuante con aclaración de su nombre, apellido y número de matrícula profesional con el sello correspondiente.

3-      El 100% del valor del medicamento estará a cargo de Provincia ART SA. En el supuesto de que el valor del medicamento superará la suma de $1500, la farmacia deberá pedir autorización a Provincia ART. Dicha modificación entró en vigencia el 1° de enero de 2017.

4-      Las recetas no deberán tener enmiendas y/o agregados,

5-      El farmacéutico entregará, siempre que no medie indicación en contrario, el envase de menos contenido del producto prescripto y solamente una unidad.

6-      Se reconocerán únicamente los específicos que figuren en el “Manuel Farmacéutico””, con las siguientes exclusiones: oncológicos – productos para el SIDA-, alimentos dietéticos, productos de cosmetología.

7-      Cuando el profesional prescriba medicamentos bajo control, la farmacia retendrá la receta original, remitiendo con la facturación una copia fiel, firmada por el farmacéutico y con el sello aclaratorio.

8-      No se reconocerán recetas por productos de venta libre.

9-      El farmacéutico deberá requerir al titular o tercera persona sus datos identificatorios los cuales deberán coincidir con los contenidos en su DNI. Si un tercero retira el medicamento deberá aclarar sus datos en el dorso de la receta.

10-  En la receta médica, al lado de la prescripción se indicará el precio unitario, luego el importe total, firmando el beneficiario. Al dorso de la receta se colocará el troquel extraído del medicamento dispensado. En caso de que no posea troquel, se escribirá “S/T” (sin troquel), al lado de la prescripción.

Para acceder a la nota completa, hace click aquí.