BOREAL / OSSIMRA: Comunicado para Farmacias – Recetas Digitales – Servicios de Contingencia – Situación Pandemia por COVID19

Durante este período de cuarentena obligatoria dispuesto por el Gobierno Nacional, informamos que, para la compra de medicamentos en farmacias, será admitida la presentación de prescripciones o recetas médicas en formato digital que sean presentadas por nuestros afiliados.

Las farmacias deberán solicitar al afiliado una copia de dichas recetas (siempre en formato digital), con el fin de adjuntarlas al momento de la respectiva facturación.

En estos casos, en ausencia de una receta física, la conformidad por parte del afiliado deberá ser plasmada sobre el ticket o factura correspondiente, en donde el afiliado consignará, por escrito, de puño y letra, sus datos: nombre y apellido, teléfono, firma y DNI.

Es importante que en las recetas médicas digitales, se visualicen de forma correcta l os siguientes datos:

– Nombre y apellido

– Número de afiliado

– Fecha

– Medicamento/s prescripto/s.

– Firma y sello del profesional prescriptor.

*** Importante: esta modalidad, por el momento, no aplica para psicofármacos de declaración obligatoria, los cuales requieren de la presentación de receta por duplicado.

Las recetas con formato electrónico (las cuales se ejemplifican en el siguiente link), son tan válidas como las recetas que estamos autorizando actualmente por mail, mediante consignación de sello + código de autorización. Es decir, ambos metodos son viables.

Boreal-Farmacias-Validez-Formato-de-Recetas-Digitales-Generadas-por-Centros-Médicos-de-Boreal.pdf (335 descargas)

Por otro lado, para el caso de dudas o consultas, hemos habilitado un canal unificado de contacto, al cual puede acceder haciendo click aquí:

https://boreal.bymovi.com/actualizacion_prestadores

Atentamente.

POLICIA FEDERAL: Recetarios Validos

Por medio del presente les informamos que a partir del 01/11/2022 la obra social de Policía Federal aceptará los recetarios en formato original y/o fotocopias (físicas) confeccionada en forma manuscrita o digital cuya firma del profesional deberá ser de puño y letra, quedando exceptuadas de esta modalidad las recetas emitidas por el sistema UMA, aunque estas últimas no serán válidas para el Plan Materno Infantil.


Normas anteriores: Debido a la dificultad en implementar la metodología comunicada anteriormente y con el fin de simplificar el tratamiento de las prescripciones digitales, ya sea para facilitar el acceso a la medicación de los afiliados, como para simplificar esta tarea a las farmacias, ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, La Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Aagentina, autoriza las farmacias a recibir recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc).




CONSIDERACIONES GENERALES:

Dichas recetas deben conservar el formato habitual: Copia de receta original o el modelo digital adjunto.

Preferentemente el afiliado debe concurrir con la receta impresa a la farmacia.

La farmacia debe facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia.

Las recetas deberán ser validadas como cualquier otra receta.

Esta medida entra en vigencia desde el día de la fecha, y hasta nuevo aviso.

MODELO DE RECETA DIGITAL



Se aceptan las prescripciones realizadas por computadora aunque el sello y la firma del profesional deben ser originales.

A las recetas digitales del Plan Materno Infantil se les deberá adjuntar imagen de la credencial del Beneficio Madre/Hijo.

No se prescribirán recetas del plan crónico bajo esta modalidad.




OBSERVACIONES:

Deja de ser obligatorio: 
  • Que el médico indique en la receta: los datos de la farmacia, DNI del afiliado,  domicilio del consultorio o establecimiento donde se realizó la prescripción y teléfono.
  • Que los profesionales prescriptores remitirán a las farmacias vía whatssap, mail, fax. etc. la foto de la prescripción.
Desde la División Farmacias de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina solicitan, a todos los prestadores, disculpas por estos nuevos cambios implementados.



Comunicación anterior

A continuacion podran descargar comunicado remitido por Policía Federal Argentina, conteniendo la normativa definitiva para el tratamiento de las recetas digitales.



	RECETAS-COVID-19-POLICIA-FEDERAL.pdf	(1777 descargas)


Para tener presente, los siguientes son los requisitos indispensables a tener en cuenta:
  • La imagen debe ser foto o digitalización de una receta oficial de Policía Federal (anverso y reverso)
  • Dichas recetas deben contener, además de los datos habituales:
Domicilio del consultorio o establecimiento donde se realizó la prescripción y teléfono.

Datos de la farmacia.

(La ausencia de estos datos es motivo de débito)


  • Los profesionales prescriptores remitirán a las farmacias vía whatssap, mail, fax. etc. la foto de la prescripción (si la farmacia no recibe por parte del médico la imagen de la receta, no debe realizar el expendio).
  • Si el afiliado se presenta espontáneamente con una receta digital pero el médico no envió a la farmacia la imagen de la receta, no se debe realizar el expendio.
  • Todas las prescripciones deben contar con sello y firma del médico.
  • No se prescribirán bajo esta metodología recetas del plan Crónicos.
  • A las recetas del Plan Materno Infantil se les deberá adjuntar imagen de la credencial del Beneficio Madre/Hijo.


Se aceptan prescripciones realizadas a máquina o por impresora, siempre que se realicen sobre recetarios oficiales o  el modelo que se acaba de incorporar y que también es oficial.


JERARQUICOS SALUD: TRATAMIENTO DE RECETAS DIGITALES – COVID-19 – (Vigente hasta el 01/07/2022)

Santa Fe, 27de marzo de 2020

A nuestros prestadores farmacéuticos:

______________________________

Ante la situación de emergencia planteada por el brote de COVID-19 en nuestro país, autorizamos a las farmacias a  que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a nuestros socios a través de cualquier medio digital (email,  WhatsApp, etc.)

Las mismas deben conservar el contenido y estructura habitual establecida por normativa.

La farmacia deberá facturar con una copia impresa de la receta completa en todos sus campos y perfectamente legible con la firma del socio o de quien retira la medicación (firma, aclaración y DNI.)

Esta medida no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes.

Esta resolución entra en vigencia el día de la fecha hasta que el gobierno nacional mantenga el aislamiento social preventivo y obligatorio.

Ante cualquier duda puede comunicarse a nuestra dirección de prestadores prestadores@jerarquicos.com

Sin más, nos encontramos a disposición y aprovechamos la ocasión para enviar nuestros saludos cordiales.

GALENO ART: Tratamiento Recetas Digitales

Galeno ART dispuso, mientras dure la cuarentena, que las farmacias acepten para la provisión de medicamentos a sus asegurados, la presentación de las recetas realizadas por medios electrónicos.

Dichas recetas deberán cumplir con lo indicado en la norma de atención de esta ART y contar con la conformidad de los asegurados o terceros.

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574

3400 – Corrientes – Capital

Tel: 0379-4430800

e-mail: cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

cacofar.org

SCIS: Tratamiento de recetas Digitales – COVID19

Buenos Aires, 25 de marzo de 2020

Estimado Farmacéutico:

Ante la situación de emergencia creada por el brote de COVID-19, autorizamos a las farmacias a que reciban recetas  médicas que hayan sido enviadas a nuestros afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc). Las mismas deben conservar el formato habitual (membrete de institución o del médico, datos del afiliado, fecha,  firma y sello del médico).

La farmacia podrá facturar con una fotocopia de la receta, y el afiliado deberá dar el conforme (firma, aclaración y  DNI) en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma.

Las recetas deberán ser validadas por Imed como cualquier otra receta.

Esto no aplica para recetas de medicamentos psicotrópicos ni estupefacientes.

Esta medida entra en vigencia desde 25/03/2020 al 31/03/2020. En caso de extender el plazo, les estaremos informando por este medio.

A continuacion podrán descagar nota enviada oportunamente con las modificaciones mencionadas en forma detallada.

NUEVA-Nota-aclaratoria-modalidad-de-dispensa-COVID19.pdf (496 descargas)

Ante cualquier duda, por favor enviarnos un mail a las siguientes casillas de correos medicamentosespeciales@scis.com.ar/senturionc@scis.com.ar, de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hs.

Lo saluda atentamente.

SCIS – Medicina Privada

OSPRERA: NOTA RECETARIOS

Mendoza, 25/03/2020

Sr. Farmacéutico:

Nos dirigimos a usted en relación a la atención a los beneficiarios de la Obra Social.

En tal sentido queremos informar que debido a las restricciones en el contacto entre beneficiarios y las delegaciones de la obra social estos se ven imposibilitados de conseguir los recetarios oficiales.

Por tal motivo los beneficiarios podrán concurrir a las farmacias con distintos recetarios que serán impresos en sus domicilios, podrán ser fotocopias o recetarios particulares del médico o instituciones donde estos prescriban.

Para todos estos casos los recetarios serán válidos y reconocidos por la obra social siempre y cuando superen la validación on line.

Informamos que tenga en cuenta que la validación de los recetarios en nuestra web o por su sistema de facturación homologado con nuestro sistema es obligatoria.

Aprovechamos la oportunidad para informar que a nuestros teléfonos de consulta hemos habilitado un número para WhatsApp (0261)516-5446.

Encontrará todo lo que necesite al respecto en nuestra web: www.valios.com.ar

Sin otro particular lo saludamos muy atentamente. –

Tel.: 0261-4381102 / 4381103 CAPITAL FEDERAL: Tel.: 011-43111507

EXPERTA ART: Tratamiento de Recetas Digitales

 

Como consecuencia de la pandemia COVID-19, EXPERTA ART ha habilitado los siguientes números telefónicos para solicitar autorizaciones, en aquellas prestaciones que así lo requieran:

 

ATENCIÓN AL CLIENTE
0800-7777-278

 

WHATSAPP
1147041830 

 

Atentamente.-

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán Nº 1574 – CP: 3400 – Corrientes – Capital –

(379)4432305 / 4430800 / 4462197

cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

www.cacofar.org

UNIMED: TRATAMIENTO DE RECETAS

Córdoba, 26 de marzo de 2020

                                   Por motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio, UNIMED S.A. ha tomado la determinación de habilitar copias de recetas, prescripciones vía mail o cualquier otro medio para la dispensa de medicamentos. Por tal motivo se ruega a las farmacias recibir las mismas en dicho formato.

Atte.

UNIMED S.A.

Cámara Correntina de Farmacias

Tucumán 1574

3400 – Corrientes – Capital

Tel: 0379-4430800

e-mail: cacofar@arnetbiz.com.ar o camarafarctes@gmail.com

cacofar.org